OPINIÓN. LA LEGALIDAD DE LA CONSULTA. Por Reynaldo Herrera Chávez

¿Es legal o no es legal la consulta de este domingo 1º. de agosto?

Este domingo se realizará por primera vez una consulta popular con sustento constitucional, avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), procesos institucionales y resultados con probable verificación confiable. Antes, en este mismo sexenio, se habían efectuado ejercicios carentes de los atributos mencionados, en aras de dar densidad política a decisiones en curso.

Todavía existen intereses de personas o grupos que desearían negarle su derecho al pueblo a ser consultado. Para estas personas o grupos, lo correcto es que el Gobernante en turno tome decisiones personales, que para hacerlas cumplir o que se ejecuten, utilice la fuerza del Estado; y, por lo tanto, la violencia represiva (caso Atenco) en contra de los que se opongan. O en su caso, la compra de voluntades a través del soborno de los actores políticos como sucedió con la aprobación del PACTO POR MÉXICO para aprobar la Reformas Estructurales que llevaron a nuestro País a tratar de desmantelar, a través de las PRIVATIZACIONES las pocas Empresas que aún conservaban su carácter de Bienes Nacionales (Pemex. CFE. Minas, etc.) Sobre esto, existen las pruebas, algunas de ellas videograbadas, sobre las sumas millonarias que recibieron los Legisladores del PAN y del PRD, para comprar sus voluntades y traicionar al pueblo de México

Sobre la legalidad de la consulta, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, declaró días atrás que la consulta no se refiere en específico a procesos judiciales, pues éstos no se consultan, pero sí se puede consultar a la gente si quiere o no que se lleven a cabo procedimientos de investigación o de sanación nacional.

Hay personas que rechazan la consulta a partir de que mencionan que “la ley no se consulta, se aplica”, sin dejar de mencionar que esto es cierto, habrá que puntualizar que la pregunta en la consulta no señala si se quiere que se aplique la ley o no, tampoco dice si se quiere que se enjuicie o no a alguien, y mucho menos en específico a una persona.

La pregunta es la siguiente:

“Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”

Es decir, en pocas palabras, si se está de acuerdo o no en que SE LLEVEN A CABO ACCIONES apegadas a derecho para EMPRENDER EL ESCLARECIMIENTO DE DECISIONES POLÍTICAS TOMADAS en años pasados con la finalidad de hacer justicia.

Primero, si el proceso de consulta o la pregunta fuera ilegal o inconstitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación la hubiera rechazado, no obstante, no sólo no sucedió eso, sino que consideró modificar la pregunta para quedar como ya se señaló, (8 votos a favor y 3 en contra).

Segundo, tanto la consulta como la pregunta tiene sustento constitucional en el artículo 35 como un derecho de los ciudadanos en su fracción VIII “Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional … “y “Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de: a) El Presidente de la República…” También señala que se llevarán a cabo el 1 de agosto.

No queda duda alguna que el proceso de consulta tiene sustento constitucional, avalado por los Poderes de la Unión.

Por otra parte, el resultado será vinculante (carácter obligatorio) cuando la participación en el proceso corresponda, al menos, al 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

Vale la pena destacar que el aspecto democrático de la consulta es que se trata de un ejercicio de democracia directa , de participación directa de los ciudadanos que no tiene lugar ni en las oligarquías, ni mucho menos en los regímenes dictatoriales; por primera vez se preguntará al pueblo a nivel nacional, si está de acuerdo con que su gobierno lleve a cabo acciones para tal fin, y eso es un acierto al que debemos irnos acostumbrando, a opinar sobre cuestiones que son de importancia para el desarrollo de nuestra nación y para que la democracia se fortalezca.

Por lo que a la pregunta hace, me parece que sin duda la respuesta debe ser SI, ya que la finalidad es garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas.

No olvidemos que EN EL PUEBLO RESIDE EL PODER SOBERANO SOBRE EL QUE NO EXISTE OTRO, LOS GOBERNANTES SE DEBEN AL PUEBLO Y ES A ÉL A QUIEN DEBEN SERVIR, PREGUNTARLE AL PUEBLO QUÉ ES LO QUE QUIERE, ES LO CORRECTO, ES LO DEBIDO, EL GOBERNANTE ACTÚA POR MANDATO; OJALÁ QUE A PARTIR DE ESTA CONSULTA O DE LA UTILIZACIÓN DE CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO DEMOCRÁTICO SE HAGA UNA PRÁCTICA EN LAS QUE LAS DECISIONES SEAN TOMADAS POR EL PUEBLO, CONSIDERANDO QUE DEMOCRACIA SIGNIFICA PODER DEL PUEBLO. Queda claro que así es en este régimen.

Por lo demás, no es de extrañarse las reacciones negativas, primero por la nueva realidad, al desconocimiento que implica consultarle al pueblo al que nuestra sociedad no se encuentra acostumbrada, sin duda entraña el reflejo de que no hemos vivido en una democracia y que ahora nos encontramos en un cambio de régimen.

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