Por Adán García//Grupo Reforma
Morelia, Michoacán.- Un juez federal ordenó brindar atención médica inmediata a una mujer de la tercera edad, invidente, con insuficiencia renal y en condición de pobreza, que le ha sido negada en el sector salud de Michoacán.
De acuerdo a los abogados, la Secretaría de Salud en el Estado argumentó que los padecimientos de la mujer no entran en el catálogo de servicios del Seguro Popular.
«El juicio de amparo se promovió porque se violaron sus derechos de acceso a la salud. No le dan tratamiento porque dicen que su padecimiento no está contemplado en el catálogo de servicios del seguro popular», señaló el abogado Gumensindo García Morelos.
El litigante exhibió copia del resolutivo emitido por el Juzgado Segundo de Distrito, en favor de la demandante María del Carmen Avilés Santiago.
La mujer habita una vivienda con techo de lámina de cartón en la colonia Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad, reforzada con plásticos en las paredes para resguardarse de la lluvia.
La cama donde duerme está sostenida por tabicones y, aunque no ve, se hace acompañar de unas imágenes de Cristo, la Virgen de Guadalupe y el fallecido Papa Juan Pablo Segundo.
Pese a su condición, lleva meses esperando ser atendida y por ello decidió iniciar un juicio de amparo, apoyada por la Clínica de Litigio Estratégico de Derechos Humanos, un despacho altruista de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
En un primer resolutivo, emitido el pasado 3 de mayo, el juez de distrito concedió el amparo contra actos del Secretario de Salud de Michoacán, Carlos Aranza, y autoridades del Hospital Civil y del Seguro Popular.
Sin embargo, al no ser atendida la resolución los abogados tramitaron un incidente de incumplimiento que el juez concedió el pasado miércoles.
«Se decreta de oficio y de plano la suspensión de los actos reclamados para el efecto de que las autoridades responsables proporcionen la atención médica necesaria a la quejoso directa, respecto a su padecimiento de diabetes e insuficiencia renal», dictó el juzgador.
El tribunal acusó a las autoridades estatales de violentar el artículo 4 de la Constitución Política, que prevé el derecho a la protección a la salud para todos los mexicanos, estén o no inscritos en un régimen, y dio un plazo de 24 horas para su cumplimiento.
García Morelos consideró que el fallo desnuda, además, las deficiencias del sistema de salud nacional.
«A través de este juicio se está taladrando una política pública en materia de salud deficiente a la luz de la Constitución», expresó.