
POR ANDRÉS RESILLAS
El Congreso del Estado aprobó el plan «Borrón y Cuenta Nueva Vehicular» con el cual se condonorá todas las multas y recargos, así como el refrendo anual, sólo pagando el actual 2020.
El diputado Arturo Hernández Vázquez, presidente de la Comisión de Hacienda indicó que ante la grave crisis económica provocada por la pandemia es necesario aplicar medidas que contribuyan al apoyo económico de las familias michoacanas que poseen un vehículo.
Dijo que también los cerca de 40 mil concesionarios del transporte público podrán ser beneficiados al considerarse también el refrendo anual de sus concesiones.
«Creemos que también los vehículos de los michoacanos tendrán más plusvalía pues actualmente cuando pretenden venderlo si tienen adeudos, se los desquitan del precio de venta.
«Esto ayudará de igual manera a actualizar el padrón vehícular de la entidad y a que el gobierno logre recaudar recursos económicos, en estos momentos de precariedad», indicó.
Este es el texto del decreto aprobado por la legislatura local.
«Durante los meses de noviembre y diciembre del ejercicio fiscal 2020 se otorgará un descuento del 100% en los adeudos de ejercicios fiscales anteriores a que se refieren el artículo 103, fracción II, incisos A y B, por los Derechos por Servicios de Transporte Público, por la renovación o refrendo anual de concesiones de servicio público de autotransporte urbano y foráneo, para las diferentes modalidades, incluyendo sus accesorios, de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo. Dicho descuento se aplicará siempre y cuando se cubran los derechos correspondientes al ejercicio fiscal del año 2020. En ningún caso el descuento a que se refiere este artículo dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. Este beneficio fiscal aplicará solamente para una concesión por contribuyente.
ARTÍCULO DÉCIMO. Durante los meses de noviembre y diciembre del ejercicio fiscal 2020 se otorgará un descuento del 100% en los adeudos de ejercicios fiscales anteriores a que se refiere el artículo 104 fracción II, incisos A, B, C y D, por los Derechos por Servicios de Registro y Control Vehicular de Transporte Particular, incluyendo sus accesorios, de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo. Dicho descuento se aplicará siempre y cuando se cubran los derechos correspondientes al ejercicio fiscal del año 2020. En ningún caso el descuento a que se refiere este artículo dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno».